La primera duda que debía responder esta web es qué se entiende por abuso bancario.
El abuso bancario es la imposición por parte bancos y entidades de crédito, de prácticas gravosas para sus clientes, ya sea aprovechando su posición superioridad u ocultando información esencial sobre los servicios que prestan.
Después de 10 años defendiendo a clientes bancarios, no ha sido difícil concebir una definición clara y precisa que englobara todas aquellas prácticas desleales llevadas a cabo por bancos y entidades de crédito en perjuicio de sus propios clientes. De hecho, al definir el abuso bancario, hemos puesto en contexto un campo de batalla que conocemos bien porque lo cruzamos día a día al defender a los afectados/as; esta defensa contra el abuso bancario es nuestra única especialidad y dedicación.
Lo más sorprendente cuando nos propusimos delimitar este tipo de atropello, era que hasta el momento, ni diccionarios ni tratados jurídicos habían definido concretamente el abuso bancario como el conjunto de prácticas desleales de la banca contra sus clientes que es, y cuya generalización indiscriminada viene perjudicando a miles de personas, ha provocado la creación expresa de juzgados especializados, y ha sonrojado nuestro el sistema judicial con constantes rectificaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La ilegalidad de este tipo de atropello es tan clara que cada año se dictan miles de sentencias contra la banca por abusar de sus clientes -con unos porcentajes de condena que superan el 95%-, aunque ello no está impidiendo que estas entidades sigan imponiendo cláusulas y prácticas abusivas; por lo que llegados este punto se suscitan las siguientes preguntas: ¿Porqué las entidades no admiten su error y devuelven el dinero? o ¿Porqué las leyes no erradican sin contemplaciones estas prácticas abusivas?
La respuesta es no se penaliza a las entidades por llevar a cabo estas actuaciones y, más allá de la posibilidad de perder un juicio, en nuestro sistema legaj no hay un castigo añadido por someter a un mismo abuso y de forma reiterada a miles de afectados. Así que a este tipo de entidades desleales, les sale a cuenta actuar ilícitamente de forma masiva porque obtienen un beneficio millonario inmediato que, en muchas ocasiones por miedo, en otras para evitar costes de reclamción, y en otras por desconociiento, los afectados nolas reclaman.
Por todo ello se hacía necesaria una definición del abuso bancario que nos permitiera saber a que nos enfrentamos, y nos recordara que son los bancos y las entidades de crédito desleales los únicos responsables de esta vergonzosa situación. Y de este modo, con ocasión del estreno la nueva web, estamos orgullosos de renovar nuestro compromiso de especialización y dedicación exclusiva a la defensa de los afectados, dedicando a todos ellos estas palabras:
«El abuso bancario es la imposición por parte bancos y entidades de crédito, de prácticas gravosas para sus clientes, ya sea aprovechando su posición superioridad u ocultando información esencial sobre los servicios que prestan.»
Abogados colaboradores de abusobancario.com y clausulasuelo.info