Las tarjetas revolving cuya deuda no se reduce, y aquellas con intereses que han ido subiendo sin consentimiento del cliente, pueden anularse por falta de transparencia y por abusividad, y el cliente recuperar todos los intereses pagados.

Tarjetas revolving de plazo aplazado
Las diferencia más visible entre las tarjetas de crédito estándar y las tarjetas revolving es que estas últimas permiten aplazar el pago en cuotas flexibles. Sin embargo, lo que las entidades desleales no explican es que las tarjetas revolving amortizan la deuda lentamente y con intereses muy elevados, convirtiendo a los deudores que desconocen su funcionamiento en deudores cautivos.
El pago mediante una cuota flexible determinada implica que el consumidor se fija solamente en la cuota total que paga cada mes. Pero como las tarjetas revolving tienen un interés tan alto, puede que la amortización mensual sea muy baja o incluso que no se esté amortizando deuda por lo que esta se convierta en perpetua.
Frecuentemente, las entidades aumentan el capital disponible, o aumentan de forma unilateral el tipo de interés, sin advertir al cliente que con estos aumentos la cuota sube en intereses y baja en amortización de la deuda, es decir, el plazo del pago se alarga o eterniza sin que el cliente vea cambios en su cuota fija.
Además, en este tipo de tarjetas a diferencia de las tarjetas estándar, los intereses generados, comisiones y otros gastos repercutibles al cliente son financiados junto con el resto de las operaciones, por lo que, cuanto menor es el importe de la cuota que se ha de pagar, mayor es el plazo que se precisa para pagar la deuda acumulada.
Como en el caso que exponemos, muchas de estar tarjetas se vendieron en aeropuertos, en centros comerciales, por la calle o por teléfono, de forma rápida, en contratos de letra minúscula; todas estas tarjetas sin la información suficiente son ilegales.
Algunos ejemplos de este tipo de tarjeta son las de las de entidades como Wizink, Cetelem, Cofidis, Carrefour, Vivus, BBVA, MediaMarkt, Santander, Bankinter, Caixabank…
Juan, un caso de éxito de nuestros abogados contra su tarjeta revolving Barclayscard (WiZink)
Juan, nos contactó porque tenía una tarjeta BARCLAYCARD desde 2002 que ahora gestionaba WIZINK. Después de 17 años pagando y apenas sin utilizarla en los últimos siete, resultaba que todavía le reclamaban 6.000 EUR; y eso que Juanno había dejado de pagar nunca.
Cuando contrató la tarjeta por teléfono le habían dicho que los intereses eran como los habituales y que amortizaría la deuda rápidamente, con una cuota flexible, pero sin decirle que era revolving. La cuota fija se la cargaban con normalidad, pero con los cambios de entidad -primero pasó al Banco Popular y luego a Wizink- dejaron de remitirle los recibos y no podía saber que le cobraban.
Por ello, le preparamos una carta para reclamar a WIZINK la documentación del contrato y los recibos que no tenía. Con la respuesta, estudiamos el caso y vimos que a Juan le subieron los intereses de un 20% TAE inicial a más de un 26% TAE, y sin avisar.
En la Sentencia el Juez reconoce también que el contrato tiene una letra tan pequeña y unas explicaciones tan enrevesadas que no era posible que Juan hubiera entendido su funcionamiento, por lo que se anuló el contrato por no superar el control de transparencia, y se condenó a WIZINK a pagar a Juan todos los intereses y comisiones percibidos desde 2002 hasta 2020 más los intereses legales. Además tras la reclamación y demanda se condenó a WIZINK a pagar las costas del juicio, es decir, que Juan no nos tendrá que pagar honorarios y lo hará WIZINK.
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